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Querid@ compañer@ Mediador de Seguros:
En esta página encontrarás información detallada de qué es el Colegio, qué representa, qué actividades desarrolla y qué servicios presta a todos sus colegiados. Te ruego le dediques unos minutos de tu tiempo para que nos conozcas y valores las ventajas que tiene para cualquier profesional, mediador de seguros en este caso, pertenecer al Colegio que representa y defiende los intereses colectivos de nuestra actividad ante los entes públicos y privados además de tener un soporte permanente de apoyo en el desarrollo de la profesión, profesión que ejercemos en un entorno siempre cambiante, en un mercado con muchos operadores y con una regulación en permanente evolución. El colegio profesional es, además, un lugar de encuentro y foro de debate permanente sobre nuestro presente y nuestro futuro, donde todos somos iguales y todas la iniciativas son siempre bienvenidas y valoradas. La condición de colegiado es también una garantía añadida para nuestros clientes, presentes y futuros, ya que pertenecer al Colegio es sinónimo de reunir los requisitos legalmente exigibles para ejercer como mediador de seguros además de demostrar un interés añadido por estar permanentemente formado e informado de todo lo que necesitamos para crecer como profesionales y prestar realmente un valor añadido en nuestra labor de asesoramiento y atención al consumidor que difícilmente consiguen otros canales de distribución. En nombre de todo el colectivo profesional colegiado, te invitamos a formar parte de nuestro Colegio, que por supuesto también es el tuyo. Para cualquier aclaración que precises no dudes en ponerte en contacto con nuestra sede colegial. TE ESPERAMOS. INFORMACIÓN Y REQUISITOS DE COLEGIACIÓN
SOLICITUD COLEGIACIÓN en VENTANILLA ÚNICA (Formularios)
CLASES DE COLEGIADOS
  • Ejercientes: Son colegiados ejercientes los Agentes Exclusivos, Agentes Vinculados y Corredores de Seguros que, gozando de la capacidad legal que les sea exigida según su naturaleza o clase, dedican su actividad a la mediación en seguros privados, por cuenta propia o como representantes que actúen en nombre y por cuenta de una Sociedad de Agencia Exclusivas/Vinculadas o Correduría de Seguros.
  • No ejercientes: Son colegiados no ejercientes quienes cumpliendo los requisitos necesarios para ser colegiados, no ejercen la actividad profesional de mediación en seguros.
REQUISITIOS GENERALES PARA OBTENER LA COLEGIACIÓN
  • Acreditar estar inscrito en el Registro previsto en el artículo 52 de la Ley 26/2006 de Mediación de Seguros y Reaseguros Privados y reunir las condiciones señaladas estatutariamente.
  • No estar inhabilitado para el ejercicio profesional.
  • Satisfacer la cuota colegial de entrada.
  • Compromiso escrito de informar al Colegio, atendiendo a las solicitudes de éste en general, y, especialmente, en el aspecto relativo a información detallada acerca de la distribución entre entidades aseguradoras del número total de contratos de seguro en vigor y del importe total y por ramos de seguro de las primas en las que hubiesen intervenido como mediadores.
CONDICIONES DE SOLICITUD La solicitud de colegiación, junto con la documentación que en cada caso proceda, se presentará en el Colegio. Se deberán aportar los documentos necesarios que acrediten los requisitos exigidos en los Estatutos y por la legislación vigente, y en especial: Corredores:
  1. D.N.I. o pasaporte, bien para nacionales de un Estado miembro de la U.E. o bien para extranjeros.
  2. Declaración jurada de no hallarse incurso en alguna de las incompatibilidades establecidas en la legislación vigente.
  3. Justificante de su inscripción en el Registro Especial de Mediadores de Seguros y Corredores de Reaseguros, dependiente, según proceda, de la Dirección General de Seguros o de la Dirección General de Economía.
  4. Una fotografía.
  5. Si actuasen como representantes de una Sociedad de Agencia Exclusiva ó Vinculada ó Correduría de Seguros, deberán presentar además de todo lo requerido en los ordinales anteriores, fotocopia de la Escritura de Constitución y Modificaciones debidamente inscrita en el Registro Mercantil y fotocopia de la Cédula de Identificación Fiscal.
Agentes Exclusivos / Vinculados:
  1. D.N.I. o pasaporte, bien para nacionales de un Estado miembro de la U.E. o bien para extranjeros.
  2. Declaración jurada de no hallarse incurso en alguna de las incompatibilidades establecidas en la legislación vigente.
  3. Certificado de la Entidad que acredite haber celebrado Contrato de Agencia, con indicación de la fecha del mismo, así como declaración jurada de no haber suscrito Contrato de Agencia con otra Entidad. En caso contrario, aportará autorización recíproca de todas las Entidades con las que se encuentre vinculado. Para los Agentes Vinculados, acreditación de los contratos autorizados.
  4. Justificante de su inscripción en el Registro Especial de Mediadores de Seguros y Corredores de Reaseguros, dependiente, según proceda, de la Dirección General de Seguros o de la Dirección General de Economía.
  5. Una fotografía.
  6. Si actuasen como representantes de una Sociedad de Agencia de Seguros, tanto Exclusiva como Vinculada, deberán presentar además de todo lo requerido en los ordinales anteriores, fotocopia de la Escritura de Constitución y Modificaciones debidamente inscrita en el Registro Mercantil y fotocopia de la Cédula de Identificación Fiscal.
Allianz
Asefa
ASISA
Axa
Caser
Dkv
Europea Seguros
Helvetia
Mapfre
Occident
Pelayo
RALARSA
REALE
Union Madrileña
APCAS
CECAS
Colegio Nacional Mediadores Seguros
Union Consumidores Extremadura